• Pta Arenas: Ignacio Carrera Pinto 864 - 2do. Piso.
  • (56-61) 222 22 21 / 222 25 42
  • contacto@soberaniaradio.cl
2025-5-20

Dos años de la Ley “Papito Corazón”: $ 2.5 billones se ha ordenado pagar por deudas de pensiones de alimentos

En Magallanes los deudores alcanzan las 2 mil 443 personas

Publicado por: Comunicaciones MinMujeryEG
22 vistas

Un monto equivalente a más de 52 teletones ha ordenado pagar los tribunales a más de 282 mil familias, gracias a esta ley impulsada por el Gobierno a través del Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género.

Este martes 20 mayo se cumplen dos años desde que comenzó a implementarse la Ley de Responsabilidad Parental y Pago Efectivo de Pensiones de Alimentos, también conocida como Ley “Papito Corazón”, iniciativa impulsada y promulgada por el Gobierno del Presidente Gabriel Boric, y liderada por el Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género.

La normativa -que contribuye a saldar una deuda histórica con miles de niños, niñas y adolescentes- permite a los tribunales acceder a la información financiera de los deudores y establece dos mecanismos efectivos para el pago de pensiones adeudadas desde cuentas bancarias, instrumentos financieros y fondos de pensiones.

De esta forma, a mayo de 2025 los tribunales de familia han ordenado pagar un total de $2.496.135.793.791, es decir, el equivalente a más de 52 teletones. Estos recursos han sido o serán transferidos a más de 282 mil familias afectadas por el no pago de pensiones alimenticias.

“Estamos hablando de 2,5 millones de millones de pesos y eso llevándolo al ámbito regional, por ejemplo, son más de 6 veces el convenio de programación del Ministerio de Obras Públicas con el Gobierno Regional. Eso nos habla de la buena política pública que es, pero también de la indignación que tiene que generar esta irresponsabilidad que se acumula durante tantos años”, declaró el Delegado Presidencial Regional José Ruiz Pivcevic.

Desde el Centro Interactivo Infantil de Juego y Movimiento (CIJUM), lugar emblemático para las infancias de la JUNJI, la SEREMI de la Mujer y la Equidad de Género Alejandra Ruiz Ovando detalló que son 2 mil 443 personas quienes se encuentran hoy en el Registro de Deudores en Magallanes, de los cuales el 93% son hombres, confirmando que la morosidad en esta materia sigue siendo masculina. “Son cerca de 3.000 niños y niñas a las cuales se les adeuda la pensión de alimento. Por eso nuestro llamado es sobre todo a progenitores padres, a que se pongan al día, porque las infancias, los niños, niñas, adolescentes, no pueden seguir esperando”, expresó la autoridad.

A nivel nacional existen más de 270 mil inscritos con deuda vigente en el Registro a cargo del Registro Civil. Esta deuda afecta a más de 385 mil niños, niñas y jóvenes con derecho a recibir una pensión para su manutención. “Hoy son muchas más las mujeres que acceden a algo que durante mucho tiempo les fue negado, como fueron las pensiones de alimento, y eso ha significado incrementar los recursos para fortalecer los tribunales de familia, implementar mayor tecnología para contar con sistemas interconectados con la Comisión del Mercado Financiero, y aumentar el número de funcionarios también avocados a esta tarea”, detalló la SEREMI de Justicia y Derechos Humanos Michelle Peutat Alvarado.

Y así también lo confirmó Waleska Alvarado, usuaria del sistema quien destacó cómo le afectó normativa: “antes de la nueva ley, era realmente un trámite engorroso, al final era agotador, que después de 5 hasta 6 meses de arduo trámite, seguimiento, recién lograbas resultados (…) Cuando salió la nueva ley, fue más expedito, ya no fue agotador. Hice el trámite online y en 3 meses tenía los resultados. He cobrado en 3 oportunidades a través de cobros de la AFP, y en un mes y medio he tenido el pago”.

Nivel Nacional

En Santiago, el Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género también efectuó su balance: “Hasta hace algunos años, la deuda de pensión de alimentos y la expresión papito corazón eran vistas casi como una muestra de picardía, más que como lo que hoy reconocemos: una situación grave. El abandono parental no solo es reprochable, sino que constituye una falta con consecuencias profundas en el desarrollo de niños y niñas”, sostuvo la ministra Antonia Orellana Guarello y agregó: “Aunque el afecto y el cuidado no pueden imponerse por ley, sí existen responsabilidades mínimas, como el pago de la pensión de alimentos, que deben ser exigidas. En ese sentido, el Estado tiene un rol fundamental: garantizar el acceso a la información disponible y actuar en base a ella”, agregó la secretaria de Estado.

Paso a paso: ejecución del mecanismo de pago

El representante legal de las y los hijos a quienes se les adeude la pensión de alimentos, deberá solicitar al tribunal correspondiente que se inicie el procedimiento especial que permite retener los fondos que la persona deudora tenga en sus cuentas bancarias u otros instrumentos financieros y/o de inversión. Esto puede hacerse en el módulo “Trámite Fácil” de la Oficina Judicial Virtual del Poder Judicial (https://ojv.pjud.cl/kpitec-ojv-web/tramite_facil).

En caso de no tener conocimiento de las cuentas e instrumentos del deudor, el tribunal iniciará una investigación sobre su patrimonio a través de sistemas de interconexión con: la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), el Servicio de Impuestos Internos (SII) y otros servicios del Estado que estime pertinente.

Si en la investigación que realice el tribunal se encuentran fondos en cuentas y/o instrumentos financieros, el tribunal dictará una resolución ordenando a las instituciones bancarias y/o financieras que informen sobre saldos, movimientos y todo lo que se considere relevante para el pago de la deuda.

Recibidos los oficios de las instituciones, el tribunal dictará la resolución que ordena el pago de la deuda con los fondos existentes, ordenándose a las instituciones bancarias y/o financieras retener los fondos del deudor. La ley establece responsabilidades para las instituciones bancarias y/o financieras en la ejecución de este mecanismo.

Del mismo modo, por medio del Sistema Informático del Tribunal se revisará si existen otras niñas, niños y/o adolescentes con quienes el deudor mantenga deuda de pensión de alimentos. De ser así, la solicitud de pago será conocida conjuntamente y en un solo proceso por el tribunal que lleve la causa vigente más antigua, y si los fondos son insuficientes para pagar el total adeudado, se prorratea lo obtenido entre los alimentarios de las diferentes causas con un deudor común.

Extraordinariamente, cuando se adeuden tres pensiones continuas o discontinuas y el alimentante no tenga fondos suficientes en cuentas bancarias o instrumentos financieros o de inversión para el pago de la deuda, gracias a esta ley es posible solicitar al tribunal que consulte los saldos y ordene el pago de la deuda con cargo a los fondos de la cuenta de capitalización individual obligatoria del deudor (AFP).

Es importante señalar que, de incurrir nuevamente en deuda, la persona puede ser inscrita nuevamente en el registro de deudores y se puede activar el proceso nuevamente. Más información sobre la ley en www.pagodedeudasdealimentos.cl/

COMENTARIOS
SOBERANIA TV EN VIVO
VIDEO DESTACADO
CLIMA
SANTORAL
INDICADORES

Indices

UF: $39,164
UTM: $68,648
IPC: 0.2

Monedas

Dólar Obs: $937
Dólar Acuerdo: $759
Euro: $1,052